Contentar · Preguntas frecuentes
Sí. La ley exige un acto expreso del ayuntamiento para colocar casas prefabricadas, «ya sean provisionales o permanentes», y el silencio no vale como licencia (TRLSRU, art. 11.4). En diciembre de 2024 el Tribunal Supremo dijo lo mismo de las mobile homes.
Una vivienda nueva es una edificación (Ley de Ordenación de la Edificación): necesita proyecto de arquitecto, visado del colegio y licencia de obra mayor. Antes de comprar el terreno o el contenedor, pide la información urbanística al ayuntamiento.
No cambia nada. La ley no habla de cimentación: habla de casas prefabricadas, provisionales o permanentes. El Supremo trató una mobile home como casa prefabricada y no como remolque.
Una licencia de actividad, por ejemplo la de un camping, tampoco sustituye a la licencia urbanística.
La dirección de obra firma el certificado final de obra, visado por el colegio. Después pides la primera ocupación: en unas comunidades es licencia y en otras una declaración responsable (por ejemplo, Madrid y Andalucía).
En algunas comunidades hace falta además la cédula de habitabilidad. Está confirmada en Cataluña, Illes Balears, Canarias, Extremadura y Navarra. Sin primera ocupación o cédula, contratar agua y luz suele ser imposible.
En España no hay una superficie mínima única: la fija cada comunidad y, a veces, el municipio. Un 40 pies High Cube da unos 26 m² útiles. Vivienda nueva: Cataluña pide 36 m², País Vasco 35, Comunitat Valenciana 30, Illes Balears unos 30, Extremadura 25 y la ciudad de Madrid 40.
En la mayor parte de España un solo 40 pies es un anexo o un estudio, no una casa. Dos de 40 pies (unos 54 m² útiles) superan todos esos mínimos. La altura libre mínima suele ser 2,50 m: solo llega un High Cube.
La obra puede durar de unas semanas a unos 6 meses. Lo que tarda es la licencia: entre 6 y 12 meses según el ayuntamiento, y a veces más.
Cuenta con 9 a 18 meses desde el proyecto hasta la primera ocupación. Es una estimación nuestra a partir de esos plazos, no una cifra oficial.
Si construyes una sola vivienda unifamiliar para uso propio, no es obligatorio (Ley de Ordenación de la Edificación, disposición adicional segunda).
Si la vendes antes de 10 años, tendrás que contratarlo por el tiempo que falte, salvo que el comprador te exonere por escrito. Los bancos suelen pedirlo para la hipoteca.
Para vivienda, usado solo de grado A y después de inspeccionarlo: óxido estructural, suelo (a menudo tratado con químicos) y juntas de las puertas. Uno de un solo viaje cuesta bastante más.
La diferencia de precio pesa poco en el total: el contenedor se queda entre el 7 % y el 15 % de la cuenta.
Por m², no siempre. El contenedor es solo una pequeña parte de la cuenta. El ahorro real viene de una obra más corta y de un plano sencillo, no del precio del acero.
Depende del uso, de la superficie y del municipio. Para alquiler turístico o uso permanente, cuenta con licencia. Consúltalo en tu ayuntamiento antes de avanzar.
Contenedores, transporte, cimentación, cortes, aislamiento, ventanas, instalaciones, baño, cocina, mobiliario y proyecto con licencia, ICIO y tasas, con IVA al 21 % y margen de ±15 %. Nunca incluye el terreno.
No incluye el seguro decenal ni el organismo de control técnico. Tampoco cubre Canarias, Ceuta y Melilla, donde los impuestos son otros (IGIC e IPSI).
Comprar solo el contenedor o el módulo paga el 21 %. Los honorarios del arquitecto y de los técnicos, también el 21 %.
Si contratas la construcción de tu vivienda directamente con el constructor (ejecución de obra), esa factura puede ir al 10 % (Ley del IVA, art. 91.Uno.3.1º). Las subcontratas pagan el 21 %. La calculadora usa el 21 % en todo: pregunta a un asesor fiscal antes de firmar.